Preguntas frecuentes


Documentación

¿Cómo se obtiene el certificado energético?

Se precisa visitar el inmueble para que un técnico competente realice la toma de datos sobre las superficies, materiales que componen la envolvente y los equipos de que se dispone en las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Con los datos anteriores y mediante uno de los métodos de cálculo reconocidos se realiza la propuesta de calificación.

Certificado energético ¿Se debe entregar el original?

Sí, cuando se venda una unidad o parte de un edificio en bloque se podrá, a efectos de esta normativa, hacer uso de:

  1. Certificado de eficiencia energética de la unidad o parte de un edificio. Este certificado se podrá obtener calificando la unidad en sí misma, de forma independiente o calificando todo el edificio completo. En cualquier caso, la referencia catastral será la de la unidad del edificio y se deberá poner a disposición del adquiriente este certificado, tal y como se establece en el artículo 14 del Real Decreto 235/2013.
  2. Certificado de eficiencia energética del edificio completo. En este certificado constará la referencia catastral de todo el edificio, y será suficiente con la entrega de una copia del certificado.